Registro horario digital: qué está en vigor y qué no
Actualizado el 12 de octubre de 2026
A 12 de octubre de 2026, llevar el registro horario es obligatorio, pero no es obligatorio que sea digital. La reforma que cambiaría las reglas es un proyecto de real decreto que todavía no se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado. Mientras no se publique y entre en vigor, sigue valiendo la norma de 2019.
Revisamos esta página cuando cambia algo. La fecha de arriba es la del último día en que lo comprobamos.
Qué está en vigor hoy
- El registro diario es obligatorio para todas las empresas. Tiene que incluir la hora concreta de inicio y de finalización de la jornada de cada persona. Lo dice el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, que se aplica desde el 12 de mayo de 2019 (Real Decreto-ley 8/2019).
- Se conserva cuatro años. Los registros están a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Cómo se organiza lo decide cada empresa. Por negociación colectiva o acuerdo de empresa; si no lo hay, lo decide la empresa después de consultar a los representantes de la plantilla.
- La ley no dice con qué medio. La Guía sobre el registro de jornada que publicó el Ministerio de Trabajo en 2019 admite cualquier sistema, en papel o telemático, siempre que la información sea fiable y no se pueda cambiar después. Esa guía orienta; no es una norma.
Qué pasa si no se lleva
No llevar el registro de jornada es una infracción grave (artículo 7.5 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social). La multa vigente va de 751 a 7.500 euros (artículo 40.1.b):
| Grado | Multa |
|---|---|
| Mínimo | De 751 a 1.500 euros |
| Medio | De 1.501 a 3.750 euros |
| Máximo | De 3.751 a 7.500 euros |
Qué se está preparando
El Gobierno tramita un proyecto de real decreto que desarrolla el Estatuto de los Trabajadores en materia de registro de jornada. Lo que se sabe de él con fuente oficial está en la memoria del proyecto, que el Ministerio de Trabajo y Economía Social publicó en octubre de 2025:
- De dónde viene: la reforma iba en un proyecto de ley que el Congreso rechazó el 10 de septiembre de 2025. El 30 de septiembre de 2025, el Consejo de Ministros autorizó tramitarla con urgencia como real decreto.
- Qué pide: que el registro sea «objetivo, fiable y accesible».
- Qué regula: el contenido mínimo del registro; cómo se hacen los apuntes y sus cambios; los requisitos técnicos del sistema; el acceso al registro de cada persona, de sus representantes y de la Inspección; y un protocolo que cada empresa tendría que elaborar.
Ese texto no está publicado. Lo hemos buscado en los sumarios del BOE desde el 1 de octubre de 2025 hasta el 12 de octubre de 2026: no hay ninguna disposición sobre registro de jornada.
Qué no se sabe todavía
- Cuándo se aprobará.
- Qué dirá el texto definitivo. La memoria describe el proyecto de octubre de 2025, y un proyecto puede cambiar hasta el día en que se publica.
- Si el papel dejará de valer. Hasta leer el texto publicado, no se puede dar por hecho.
- Cuánto plazo habrá para adaptarse.
Lo que se lee por ahí y hoy no es verdad
- «El registro digital ya es obligatorio.» No. Ninguna norma en vigor lo exige hoy.
- «Ya no se puede llevar en papel.» Hoy se puede, si el registro es fiable y no se puede cambiar después.
- «Hay multas de 10.000 euros por trabajador.» Hoy no. Las multas las fija una ley, y esa ley no ha cambiado: son las de la tabla de arriba.
Qué puede ir haciendo una empresa pequeña
Nada de esto depende de la reforma. Es lo que la norma ya pide hoy:
- Apuntar cada día la hora de inicio y la de fin de cada persona. Las pausas, conviene apuntarlas.
- Que un apunte no se pueda cambiar sin que quede quién lo cambió y por qué.
- Guardar los registros cuatro años y tenerlos a mano.
- Que cada persona pueda ver el suyo.
Cómo lo hace Janua
Janua es una herramienta de registro. Apunta la entrada, las pausas y la salida de cada persona, conserva el fichaje original y deja en cada corrección quién la hizo, cuándo y por qué. Los registros se sacan en PDF y CSV. Quien cumple la norma es la empresa; Janua es la herramienta con la que lleva el registro.
Cómo funciona el registro horario en Janua · Precio
Fuentes
- Estatuto de los Trabajadores, texto consolidado (artículo 34.9).
- Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo (artículo 10 y disposición final sexta).
- Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, texto consolidado (artículos 7.5 y 40.1.b).
- Guía sobre el registro de jornada, Ministerio de Trabajo, 2019.
- Memoria del análisis de impacto normativo del proyecto de real decreto, Ministerio de Trabajo y Economía Social, octubre de 2025.
Esta página es informativa. No sustituye al consejo de un profesional sobre tu caso.
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